lunes, 16 de junio de 2014

¿Puedo subarrendar una casa?

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La mayoría de los contratos de arrendamiento señalan que un inquilino no puede subarrendar la propiedad que ha alquilado. Sin embargo, puede haber algunas excepciones, las que deben ser estipuladas en el momento de firmar un contrato.

Si un inquilino subarrienda una propiedad y no lo comunica al propietario, puede generar un conflicto de intereses y el dueño de la residencia estará en su derecho reclamar y exigir una reparación, o comunicar el término de un contrato por no haberse respetado los acuerdos establecidos entre ambas partes, o bien demandar al inquilino en una Corte y pedir una orden de desalojo.

En algunos lugares, como es  el caso de Nueva York, los reglamentos y actas indican que, los inquilinos pueden subarrendar una residencia (o partes de ella) en casos muy específicos. Por ejemplo: si el inquilino, debido a causas de trabajo o razón familiar, tiene que marcharse del lugar e interrumpir el contrato.

En este caso, se recomienda que el arrendatario le informe al propietario y, de común acuerdo, se busque una persona que quiera vivir en esa propiedad hasta que el contrato llegue a su término.

Durante todo ese tiempo, el inquilino que firmó el contrato se hará responsable por cualquier anomalía que se registre y asumirá los gastos que pueda haber por daños a la propiedad y los atrasos en el pago de las cuotas de arrendamiento. La responsabilidad del inquilino termina cuando el contrato llegue a su término. El depósito de garantía quedará depositado hasta que finalice el contrato.


Importante: Antes de subarrendar una parte de la propiedad alquilada, pregunte al propietario si el contrato debe ser modificado. Una vez aclarado este punto, busque un arrendatario honesto que no le causará problemas. Recuerde que todos los daños por él causados o destrozos a la propiedad, serán cubiertos por usted. No arriesgue su depósito de garantía.

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