lunes, 16 de junio de 2014
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Alquiler
La mayoría de los contratos de arrendamiento señalan que un inquilino no puede subarrendar la propiedad que ha alquilado. Sin embargo, puede haber algunas excepciones, las que deben ser estipuladas en el momento de firmar un contrato.
¿Puedo subarrendar una casa?
a la/s
12:57 p.m.
La mayoría de los contratos de arrendamiento señalan que un inquilino no puede subarrendar la propiedad que ha alquilado. Sin embargo, puede haber algunas excepciones, las que deben ser estipuladas en el momento de firmar un contrato.
Si un inquilino subarrienda una propiedad y no lo comunica
al propietario, puede generar un conflicto de intereses y el dueño de la
residencia estará en su derecho reclamar y exigir una reparación, o comunicar
el término de un contrato por no haberse respetado los acuerdos establecidos
entre ambas partes, o bien demandar al inquilino en una Corte y pedir una orden
de desalojo.
En algunos lugares, como es el caso de Nueva York, los reglamentos y actas
indican que, los inquilinos pueden subarrendar una residencia (o partes de
ella) en casos muy específicos. Por ejemplo: si el inquilino, debido a causas
de trabajo o razón familiar, tiene que marcharse del lugar e interrumpir el
contrato.
En este caso, se recomienda que el arrendatario le informe
al propietario y, de común acuerdo, se busque una persona que quiera vivir en
esa propiedad hasta que el contrato llegue a su término.
Durante todo ese tiempo, el inquilino que firmó el contrato
se hará responsable por cualquier anomalía que se registre y asumirá los gastos
que pueda haber por daños a la propiedad y los atrasos en el pago de las cuotas
de arrendamiento. La responsabilidad del inquilino termina cuando el contrato
llegue a su término. El depósito de garantía quedará depositado hasta que
finalice el contrato.
Importante: Antes de subarrendar una parte de la propiedad
alquilada, pregunte al propietario si el contrato debe ser modificado. Una vez
aclarado este punto, busque un arrendatario honesto que no le causará
problemas. Recuerde que todos los daños por él causados o destrozos a la
propiedad, serán cubiertos por usted. No arriesgue su depósito de garantía.
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